Se exceptúan de las inspecciones periódicas indicadas en las trivio a) y b) anteriores a los establecimientos industriales cuya densidad de carga de fuego ponderada y corregida (Qs), calculada según el anexo I del Reglamento ratificado por el presente Existente decreto, no supere 42 MJ/m2, siempre que su superficie construida https://intermediariosarlcolombia98530.blogspothub.com/35212495/notas-detalladas-sobre-red-contra-incendios